Disolución y Liquidación de la Empresa

Con disolución y liquidación de la empresa nos referimos al cierre definitivo de la misma.

¿En que caso procede el cierre definitivo de la empresa?

Pueden existir causas variadas para ello, aunque la más habitual es el cese voluntario de la actividad por falta de viabilidad de la empresa.  También existen causas legales que obligan al cierre de la empresa como son la desaparición del objeto para el que fueron creadas, la acumulación de pérdidas, etc.

Debemos tener en cuenta que en este caso, cuando la empresa se encuentra en situación de insolvencia está obligada a solicitar concurso de acreedores, por lo que no se podrá proceder a su cierre sin la correspondiente supervisión judicial.

¿Es el mismo procedimiento para empresarios y para sociedades?

No, el cierre de una sociedad requiere pasos y plazos regulados legalmente y destinados a proteger a los socios y a los acreedores. 

¿Cuáles son los pasos para el cierre de una sociedad?

El procedimiento se divide en dos fases, la primera de disolución, en la que por mayoría de socios se adopta el acuerdo poner fin a las actividades de la empresa y la segunda de liquidación, en la a determinados socios (liquidadores) se les encomienda la venta de los activos de la empresa, el pago a los acreedores y en su caso, la devolución del capital a los socios.

¿Y de un autónomo o profesional?

En este caso el procedimiento es mucho más sencillo y se limita prácticamente a tramitar la baja de la empresa profesional en los registros públicos correspondientes (hacienda, seguridad social, etc.)

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